ATENCIÓN EMPLEADORES CONVENIO CCT 130/75 COMERCIO
NUEVO ACUERDO COMERCIO CONTRIBUCIÓN ADICIONAL Y SOLIDARIA EMPLEADORES , $300 POR EMPLEADO CCT 130/75
NUEVO ACUERDO COMERCIO CONTRIBUCIÓN ADICIONAL Y SOLIDARIA EMPLEADORES , $300 POR EMPLEADO CCT 130/75
La Dirección General de Rentas aprobó las categorías representativas de los
distintos niveles de riesgo fiscal según parámetros establecidos, en las que se incluirán a los contribuyentes y responsables del Impuesto Sobre los Ingresos Brutos, Impuesto Inmobiliario, Impuesto de Sellos y de los Aportes al Instituto de Pensiones Sociales, sea como sujetos obligados o como Agentes de Retención y/o Percepción y/o Recaudación, en función del grado de cumplimiento de las obligaciones tributarias formales y materiales a su
cargo.
Las categorías de calificaciones en orden de riesgo creciente serán:
La Dirección General de Rentas elaborará mensualmente el listado
de contribuyentes y/o responsables con su correspondiente categoría de
Riesgo Fiscal, debiendo los mismos, aguardar hasta la fiscalización del mes
para ser recategorizados en caso de haber regularizado su situación.
En los casos en el que el contribuyente y/o responsable se
encontrara concurrentemente en dos o más niveles de riesgo fiscal,
corresponderá incluir al mismo en el nivel de más alto riesgo fiscal
previsto en el Anexo I.
Se podrá consultar a través de el servicio informático denominado
“CONSULTA DE CATEGORÍA DE RIESGO FISCAL”, ingresando con CUIT y CLAVE pertinentes.
El planteo de disconformidad deberá canalizarse a través de la
aplicación informática “MIS TRÁMITES”, opción “RECLAMOS
POR DISCONFORMIDAD DE CATEGORÍA DE RIESGO”.
Las empresas que deseen ayuda estatal para pagar salarios podrán solicitar el ATP entre los días 29 de julio y 4 de agosto, inclusive.
La AFIP habilitó la inscripción al programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) para aquellos empleadores que requieran ayuda del Estado para pagar una parte de los salarios de julio.
Las empresas podrán solicitar el ATP entre los días 29 de julio y 4 de agosto, inclusive. Para ello deberán ingresar con clave fiscal en afip.gob.ar y tendrán que llenar el formulario.
Los criterios para acceder al beneficio complementario correspondiente a julio fueron establecidos por el Comité de Evaluación y Monitoreo que depende de la Jefatura de Gabinete de Ministros.
En esta oportunidad accederán al salario complementario trabajadores y trabajadoras de las empresas que hubieran registrado una caída nominal en su facturación entre junio de 2019 y junio de 2020.
Paralelamente, desde este mes las firmas cuya facturación nominal muestre en junio una variación interanual entre 0% y 30% podrán tramitar un crédito garantizado y subsidiado por el Gobierno nacional para financiar el pago de salarios. Según el comunicado emitido este martes por AFIP, los créditos estarán disponibles una vez que finalice el período de inscripción.
Para las empresas que hayan facturado entre 0% y 10% más que en junio de año pasado, la tasa será del 0%. Si la facturación se incrementó entre 11% y 20%, la tasa será del 7,5%. Mientras que en las empresas donde la facturación haya experimentado un aumento del 21% al 30%, la tasa de interés será del 15%.
Estos créditos contarán con la asistencia del FoGAR del Ministerio de Desarrollo Productivo (para colaborar a través de la garantía estatal en el caso de las PyMES) y también del FONDEP (para el subsidio de tasa).
Por otra parte, la directora de AFIP, Mercedes Marcó del Pont, aclaró hace algunos días que la cuarta etapa del ATP no tendrá en cuenta la ubicación geográfica de la empresa como parámetro para evaluar si corresponde otorgar la ayuda monetaria.
De cara al futuro, la vicejefa de Gabinete, Cecilia Todesca, sostuvo que el programa se extenderá hasta diciembre de este año para actividades «críticas», como el turismo, el entretenimiento y el deporte.
En la ronda de junio, el Gobierno destinó más de $32.000 millones para asistir a 218.000 empresas que, según declaraciones oficiales, generan el 62,9% del empleo registrado.
Fuente: ambito.com
Para mas información y cualquier tipo de asesoramiento sobre inscripción de ATP, consultar al 3704678630 (personal) o al 3705006183 (Corporativo soluciones Jurídicas Contables).
Correo electrónico: gonzalo.muloni@solucionesjc.com.ar
Contador Público. MP 1249; T° III; F° 254
La comisión de Presupuesto de la Cámara de Diputados avanzó hoy en la firma del dictamen de mayoría del proyecto enviado por el Poder Ejecutivo, que amplía la cantidad de contribuyentes que pueden adherirse a la moratoria impositiva. De esta forma, la iniciativa podría ser tratada en el recinto en la sesión del viernes.
El dictamen de mayoría recibió 27 firmas con el respaldo del oficialismo y otros bloques provinciales, en tanto que Juntos por el Cambio presentó un dictamen de minoría propio que obtuvo el apoyo de 22 legisladores.
El presidente de la comisión, Carlos Heller, anticipó que el oficialismo aceptó incorporar al dictamen de mayoría una serie de cambios al proyecto original propuestos por diputados por diferentes bloques, aunque de todos modos amplió hasta mañana el plazo para la elaboración de dictámenes de minoría por parte de la oposición.
En el dictamen de mayoría se incluyeron, entre otras cuestiones, premios al contribuyente cumplidor en monotributo y ganancias, que consistirá en la exención del componente impositivo conforme la cantidad de cuotas para cada categoría.
Mientras que en el texto se incluyeron las obligaciones vencidas al 30 de junio y se dispuso plazo hasta octubre para adherir al régimen, en tanto que la primera cuota vencerá en diciembre, al tiempo que el plazo total es de 120 meses.
Asimismo, se decidió excluir de los beneficios a los bancos, telefónicas y a quienes tengan activos financieros en el exterior y no repatrien por lo menos el 30% dentro de los 60 días, a la vez que se establece un descuento del 15% para quienes paguen al contado.
También, se invitó a las Obras Sociales, ART, Provincias y Municipios a sancionar regímenes similares y se eliminó la posibilidad de que el Poder Ejecutivo pueda disponer una prórroga de esta moratoria.
Sin embargo, el oficialismo rechazó la propuesta de Juntos por el Cambio para que se excluya de manera específica a la firma OIL Combustibles en el articulado de la iniciativa, bajo el argumento de se trata de una empresa quebrada sin actividad. Este punto fue motivo de discusión entre los bloques.
De todos modos, el Frente de Todos tendría asegurada la sanción de la iniciativa en la sesión del viernes, ya que cuenta con el respaldo de 117 diputados propios, los ocho diputados del interbloque de Unidad para el Desarrollo, del Frente para la Concordia Misionero, los cordobeses del interbloque Córdoba Federal y del MPN.
Fuente: https://eleconomista.com.ar/
El proyecto de ley de teletrabajo que regula la modalidad de trabajo a distancia fue aprobado el pasado jueves 25 en Diputados con 214 votos afirmativos, uno negativo y 29 abstenciones, y comienza a ser tratada en el Senado.
La pandemia que atravesamos aceleró, por supuesto, la decisión de legislar sobre una modalidad que ya venía avanzando. No es sorpresa que, casi en los mismos días, el Ministerio de Trabajo español prepara una nueva ‘Ley de Trabajo a Distancia’.
Por otro lado, ya la Cámara de Comercio advirtió que la nueva ley «traerá litigiosidad». Y la Cámara de la Industria Argentina del Software (CESSI), dice «No queremos una ley demasiado rígida». Pero el teletrabajo llegó para quedarse, y los empleadores realistas saben que es necesario regularlo. Es cierto que a las pymes les resultará difícil cumplir con una legislación exigente. Pero hoy sería el menor de sus problemas.
Nos parece útil entonces detallar las características del proyecto de ley. Puede ser modificada en el Senado, pero la votación en Diputados muestra que es difícil, aún a la oposición, votar abiertamente contra los derechos laborales.
Plazo de aplicación. “Entrará en vigor luego de 90 días contados a partir de que se determine la finalización del período de vigencia del Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”.
En el teletrabajo se tendrán “los mismos derechos y obligaciones que las personas que trabajan bajo la modalidad presencial, y su remuneración no podrá ser inferior a la que percibían o percibirían bajo la modalidad presencial”.
Jornada laboral. “Debe ser pactada previamente por escrito en el contrato de trabajo de conformidad con los límites legales y convencionales vigentes, tanto en lo que respecta a lo convenido por hora como por objetivos”.
Desconexión. Se “tendrá derecho a desconectarse de los dispositivos digitales y/o tecnologías de la información y comunicación, fuera de su jornada laboral y durante los períodos de licencias”, y no habrá sanciones “por hacer uso de este derecho”.
Herramientas. “El empleador debe proporcionar el equipamiento -hardware y software-, las herramientas de trabajo y el soporte necesario para el desempeño de las tareas, y asumir los costos de instalación, mantenimiento y reparación de las mismas, o la compensación por la utilización de herramientas propias de la persona que trabaja. La compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva”.
En ningún caso “responderá por el desgaste normal producto del uso o el paso del tiempo”, y “en caso de desperfectos, roturas o desgaste en los elementos, instrumentos y/o medios tecnológicos que impidan la prestación de tareas, el empleador deberá proveer su reemplazo o reparación a fin de posibilitar la prestación de tareas”. Por otra parte, “el tiempo que demande el cumplimiento de esta obligación patronal no afectará el derecho de la persona que trabaja a continuar percibiendo la remuneración habitual”.
Compensación de gastos. “La persona que trabaja bajo la modalidad del teletrabajo tendrá derecho a la compensación por los mayores gastos en conectividad y/o consumo de servicios que deba afrontar. Dicha compensación operará conforme las pautas que se establezcan en la negociación colectiva, y quedará exenta del Impuesto a las Ganancias”.
Reversibilidad. “El consentimiento prestado por la persona que trabaja en una posición presencial para pasar a la modalidad de teletrabajo, podrá ser revocado por la misma en cualquier momento de la relación. En tal caso, el empleador le deberá otorgar tareas en el establecimiento en el cual las hubiera prestado anteriormente, o en su defecto, en el más cercano al domicilio del dependiente, en el cual puedan ser prestadas. Salvo que por motivos fundados resulte imposible la satisfacción de tal deber”. Una negativa del empleador “dará derecho a la persona que trabaja bajo esta modalidad a considerarse en situación de despido o accionar para el restablecimiento de las condiciones oportunamente modificadas”.
Derecho a la intimidad. “Los sistemas de control destinados a la protección de los bienes e informaciones de propiedad del empleador deberán contar con participación sindical a fin de salvaguardar la intimidad de la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo y la privacidad de su domicilio”.
Protección de datos. “El empleador deberá tomar las medidas que correspondan, especialmente en lo que se refiere a software, para garantizar la protección de los datos utilizados y procesados por la persona que trabaja bajo la modalidad de teletrabajo para fines profesionales, no pudiendo hacer uso de software de vigilancia que viole la intimidad de la misma”.
Tareas compartidas. “Las personas que trabajen bajo esta modalidad y que acrediten tener a su cargo, de manera única o compartida, el cuidado de personas menores de 13 años, personas con discapacidad o adultas mayores que requieran asistencia específica, tendrán derecho a horarios compatibles con las tareas de cuidado a su cargo y/o a interrumpir la jornada. Cualquier acto, conducta, decisión, represalia u obstaculización proveniente del empleador que lesione estos derechos se presumirá discriminatorio”.
Voluntariedad. “El traslado de quien trabaja en una posición presencial a la modalidad de teletrabajo, salvo casos de fuerza mayor debidamente acreditada, debe ser voluntario y prestado por escrito”.
Capacitación. “El empleador deberá garantizar la correcta capacitación de sus dependientes en nuevas tecnologías, brindando cursos y herramientas de apoyo, tanto en forma virtual como presencial, que permitan una mejor adecuación de las partes a esta modalidad laboral. La misma no implicará una mayor carga de trabajo”.
Representación sindical. “Será ejercida por la asociación sindical de la actividad donde presta servicios”, y los empleados “deberán ser anexados por el empleador a un centro de trabajo, unidad productiva o área específica de la empresa a los efectos de elegir y ser elegidas, para integrar los órganos de la asociación sindical”.
Higiene y seguridad. “La autoridad de aplicación dictará las normas relativas a higiene y seguridad en el trabajo con el objetivo de brindar una protección adecuada a quienes trabajen bajo la modalidad laboral del teletrabajo.
El control del cumplimiento de esta normativa deberá contar con participación sindical”.
Sobre esta cuestión, “la autoridad de aplicación determinará la inclusión de las enfermedades causadas por esta modalidad laboral dentro del listado previsto” en la ley de Riesgos del Trabajo, así como también los “accidentes acaecidos en el lugar, jornada y en ocasión del teletrabajo”.
Prestaciones transnacionales. Se “aplicará al contrato de trabajo respectivo la ley del lugar de ejecución de las tareas o la ley del domicilio del empleador, según sea más favorable para la persona que trabaja”. Para el “caso de contratación de personas extranjeras no residentes en el país, se requerirá la autorización previa de la autoridad de aplicación”, aunque “los convenios colectivos, acorde a la realidad de cada actividad, deberán establecer un tope máximo para estas contrataciones”.
Fuente AGENDAR.
Desde SJC, pensamos que el espíritu de esta ley es una clara influencia a la idea del que el Tele-trabajo es una excepción a la modalidad normal, con el deseo que una vez superada la emergencia sanitaria volverá a su modalidad anterior, cuestión que nos permitimos dudar, dadas las circunstancias actuales y que solo encontrara respuesta en el devenir del tiempo y de la evolución de las relaciones laborales dada por esta particular situación.
Consultas en ariel.escurra@solucionesjc.com.ar
El Banco de Formosa, generó una plataforma de consulta para los beneficiarios que figuran en la base de datos otorgada por ANSES.
Si todavía no cobraste tu IFE por distintas circunstancias”, pueden ingresar a la página del Banco de Formosa y consultar su estado del IFE. Una vez en la web, ingresan el DNI y realizan la consulta.
“Te puede salir en la pantalla: usted tiene su IFE del cronograma en curso disponible en Banco de Formosa, acérquese a cobrarlo en la sucursal más cercana a su domicilio. Entonces, presionan el siguiente botón y les va a indicar cuál es”, indicó el ministro de Economía Hacienda y Finanza Jorge Oscar Ibáñez.
Y continuó: “También puede salir que no está en la base de datos entregada por ANSES al Banco Formosa. En ese caso debe contactarse con ANSES”.
Fuente: Agencia de Noticias Formosa
En el marco de las medidas adoptadas por esta Administración Federal tendientes a facilitar a los ciudadanos el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con el objeto de amortiguar el impacto negativo que genera la pandemia de COVID-19, se ha decidido prolongar hasta el 30 de septiembre de 2020 la adhesión de los ciudadanos y sucesiones indivisas al plan de pagos para obligaciones del Impuesto a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al 2019.
Estas obligaciones, se podrán regularizar, en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25%, a la tasa de financiamiento prevista para el plan de pagos y sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)”.
Fuente: RG 4758/2020
Al igual que otras industrias y ramas de servicios, las pymes y freelancers profesionales que se dedican a la venta de servicios al personal de distintas empresas encuentra hoy una significativa baja en su poder de venta.
«Las empresas recortan todo gasto posible, y vemos en nuestros clientes que son estudios de profesionales, la capacidad de reinventarse para poder hacerle frente a ésta situación, para lo que se necesitan estrategias fiscales», comentaron Bárbara López Lagoria y Micaela Benayas», de Inforaction.
¿Cómo una estrategia fiscal puede potenciar las ventas de un cliente? En concreto, está abierto hasta octubre el cupo del bono electrónico que otorga el Ministerio de Desarrollo Productivo a través del programa de Crédito Fiscal para capacitación de las pymes.
Fuente: iprofesional
Dicho Beneficio es aplicable a las Pymes en la Provincia de Formosa, Responsable Inscripto, SRL, SA, SAS, si usted tiene empleados en relación de dependencia, este beneficio es para Usted. Consultas al 03704087883 (Mario Campelo, Contador Público)
El dólar Contado con Liquidación cedió $1,98 a $116,91, mientras que el MEP descendió $1,62 a $114,45. En cambio, el blue trepó $1 a $133.
Los dólares financieros sufrieron este miércoles su mayor caída diaria en un mes, al contraerse hasta $2, dentro de un ambiente volátil al ritmo de las expectativas positivas en torno a la reestructuración de la deuda y a las sucesivas restricciones oficiales.
El dólar CCL -que surge de la compra y venta de bonos o acciones en la bolsa- cedió $1,98 a $116,91, por lo cual el spread con la cotización oficial mayorista cayó hasta el 62,9%.
En el mismo sentido, el dólar MEP, o Bolsa -similar operación a la del CCL pero dentro del país- descendió $1,62 a $114,45, lo cual dejó una brecha del 59,4% frente a la divisa que cotiza en el MULC.
Los tipos de cambio implícitos venían de anotar la semana pasada fuertes avances, de hasta el 8% (en el caso del CCL). Sin embargo, desde este martes se observó una pausa en su marcha alcista, mientras los operadores siguen monitoreando la dinámica monetaria, rehén del déficit fiscal ante la ayuda estatal por la pandemia, y las sucesivas restricciones cambiarias para amortiguar la demanda de divisas, sin dejar de atender las señales positivas con relación al canje de la deuda.
Más allá de las bajas que sufrieron entre martes y miércoles, el CCL acumula en lo que va del mes un alza del 13,8%, mientras que el MEP asciende un 12,3%.
Dólar blue
Al igual que el martes, mientras los dólares financieros cedieron, el dólar blue subió, esta vez, $1 para llegar los $133, nuevo máximo en dos meses, según un relevamiento de Ámbito en cuevas del Microcentro.
De esta forma, la brecha con el dólar mayorista se ubicó en el 85,3% luego de alcanzar un pico de 104% a mediados de mayo.
Desde que inició la cuarentena, el blue acumula un alza de $47,50 (desde los $85,50 del 20 de marzo), producto, entre otras causas, de mayores restricciones, no sólo en el Mercado Único y Libre de Cambios, sino también para las operatorias con el CCL y el MEP.
Dólar oficial
El dólar turista -que lleva el 30% del impuesto PAÍS- aumentó tres centavos este miércoles a $98,36, ya que el promedio minorista cerró con leve alza a $75,66, en agencias y bancos de la city porteña, según un promedio de Ámbito.
En el Banco Nación, el billete -sin el impuesto PAÍS- terminó sin cambios a $75,50, mientras que en el canal electrónico se consiguió a $75,45.
Por su parte, en el Mercado Único y Libre de Cambios (MULC), la divisa aumentó seis centavos a $71,78, precio establecido por la regulación oficial.
Fuentes del mercado estimaron que la autoridad monetaria terminó el día con un saldo comprador de u$s25 millones aproximadamente, contrarrestando las ventas efectuadas en la sesión previa.
En una rueda de reducidas operaciones (apenas u$s158,3 millones, un 20% menos que el martes), la moneda norteamericana estuvo algo más demandada en la primera parte del día y más ofrecida en el último tramo de la jornada, dijeron desde una mesa de dinero.
Los máximos se anotaron en $71,78 en el inicio de la sesión, siempre respetando el valor de referencia que establece el Banco Central en su habitual postura de venta. Durante la primera parte de la sesión predominó la demanda por cobertura exigiendo ventas de la autoridad monetaria para suplir la insuficiencia de la oferta privada.
La tendencia cambió en la última hora de operaciones, cuando los ingresos desde el exterior tomaron relevancia permitiendo que el Central recuperara los recursos utilizados previamente y terminara con saldo positivo por su intervención.
Sin embargo, las Reservas Brutas Internacionales de la autoridad monetaria bajaron u$s19 millones para cerrar la jornada en los u$s43.380 millones.
Dólar futuro
En el mercado de futuros del ROFEX, se operaron u$s616 millones y los plazos cerraron con leves subas a partir de fin de año. Julio finalizó con una tasa de 29,94 % y agosto a 35,85 % TNA.
El dólar para diciembre avanzó a $86,10, con una TNA de 44,95%. Las posiciones de contratos abiertas totalizaron la suma de u$s4.292 millones, reportó ABC Mercado de Cambios.
Monedas de la región y del mundo
El real brasileño volvió a subir este miércoles frente al dólar y una vez más lideró las ganancias entre las principales monedas, en medio de una nueva sesión de débil desempeño de la divisa estadounidense.
El real subió un 1,9% a 5,1143 unidades por dólar, el nivel más alto desde el 12 de junio (5,0454).
En tanto, el euro se fortaleció hasta cerca de máximos en casi dos años frente al dólar, mientras las monedas ligadas a las materias primas avanzaban, por el apetito por el riesgo dominante desde que los líderes de la Unión Europea acordaron un plan de estímulo fiscal el martes.
Los operadores cambiarios pasaron casi por alto un aumento de las tensiones entre Estados Unidos y China, que durante un par de horas redujo la inclinación al riesgo en los mercados cambiarios, después de que Washington ordenó a Pekín el cierre de su consulado en Houston, deteriorando aun más las relaciones entre ambos países.
Sin embargo, el ambiente siguió siendo muy optimista, tras el acuerdo de la UE para un fondo de recuperación de 750.000 millones de euros que compartirá las deudas contraídas durante la crisis del coronavirus, con el euro en alza por cuarto día consecutivo contra el dólar.
«Esto es parte de una reflación global y quizás los varios años de alza del dólar en el mercado han llegado a su fin», dijo Axel Merk, presidente y director de inversiones de Merk Investments.
En las operaciones de la tarde, el euro ganaba un 0,37% a 1,1569 dólares, tras tocar los 1,1601 dólares, su nivel más alto desde octubre de 2018.
Tras avanzar impulsado por las noticias sobre el consulado chino en Houston, el índice dólar -que compara al billete verde con seis destacadas monedas- bajó un 0,2% a 94,939, luego de marcar un mínimo de 94,827, su nivel más bajo desde marzo.
El dólar australiano avanzó un 0,2% a 0,71425 dólares estadounidenses, tras tocar más temprano un nuevo máximo de 15 meses, mientras que su par neozelandés ganó un 0,3% a 0,6664 dólares, después de operar en su cota más elevada en seis meses.
Fuente: Ambito.com
El dólar blue anota su segunda suba consecutiva y alcanza un nuevo máximo en más de dos meses, según un relevamiento de Ámbito en cuevas del Microcentro.
El dólar blue anota su segunda suba consecutiva este miércoles y alcanza un nuevo máximo en más de dos meses, al cotizar a $133 para la venta, según un relevamiento de Ámbito en cuevas del Microcentro.
El billete paralelo, que se había mostrado mayormente con estabilidad en la primera quincena de julio, se despertó la semana pasada, cuando pegó un salto de $3, mientras que volvió a subir el martes ($2), para continuar con su marcha alcista este miércoles ($1).
De esta forma, la brecha con el dólar mayorista se ubica arriba del 85% luego de alcanzar un pico de 104% a mediados de mayo.
El billete paralelo subió el jueves pasado $3 cuando finalizó con una seguidilla de ocho jornadas consecutivas sin cambios, ante mayores controles a las transferencias bancarias en dólares, por los movimientos insuales efectuados por los «coleros digitales».
Desde que inició la cuarentena, el blue acumula un alza de $47,50 (desde los $85,50 del 20 de marzo), producto, entre otras causas, de mayores restricciones, no sólo en el Mercado Único y Libre de Cambios, si no también para las operatorias con el CCL y el MEP.
Fuente: Ambito.com